En la actualidad, los avances tecnológicos son una parte integrante de nuestras vidas. De hecho, incluso el acercamiento que hacemos de la realidad que nos rodea parte de una percepción alterada por estos.

En el caso del patrimonio cultural, al igual que otras muchas disciplinas, se ha visto desbordado en los últimos años por un aluvión de aplicaciones que la tecnología puede ofrecer a su campo. De esta forma, al igual que aporta un valioso apoyo en diferentes tareas, las inteligencias artificiales de dichas herramientas también caen en algunos sesgos ya superados por los humanos. Por lo tanto, es totalmente comprensible que surja el debate sobre si debemos seguir confiando en la tecnología o debemos evitarla, aún siendo un apoyo útil para este campo (Cameron y Kenderdine 2007).

No quiero entrar así en el presente debate entre tecnófobos y tecnófilos, sino dar un paso más allá y arrojar un poco de luz entorno a las oportunidades que ofrece la tecnología en el futuro del patrimonio cultural.

La digitalización de las disciplinas, la cultura digital y el patrimonio cultural digital se encuentran en el centro de los debates más actuales. Sin embargo, la intención de ofrecerle un marco para su preservación, surge en 2003 dentro de la 32ª Conferencia General de la UNESCO donde es aprobada la Carta para la preservación del Patrimonio Digital. Con ella, junto con las directrices de aplicación (UNESCO 2003b), queda patente el interés por la protección de la memoria digital.

La UNESCO define este tipo de patrimonio cultural como “[…]recursos de carácter cultural, educativo, científico o administrativo e información técnica, jurídica, médica y de otras clases, que se generan directamente en formato digital o se convierten a éste a partir de material analógico ya existente”. Señala también como particularidad que los productos “de origen digital” no existen en otro formato que el electrónico”.

En este mismo documento también se señala que “el objetivo de la conservación del patrimonio digital es que éste sea accesible para el público” y que “los Estados Miembros tal vez deseen propiciar un contexto jurídico y práctico que maximice la accesibilidad del patrimonio digital” (UNESCO 2003a).

Este principio de accesibilidad está ligado en el patrimonio cultural a su carácter universal. En el caso del patrimonio digital, sigue el trabajo de organizaciones como Creative Commons o movimientos sociales como Open Access que sentaron las bases en el intercambio de datos de forma abierta.

En el caso europeo, no fue hasta el 27 de Octubre de 2011 cuando la Comisión Europea publicó su recomendación (2011/711/UE), que instaba a los Estados a tomar medidas en torno a la digitalización y accesibilidad en línea del material cultural y la conservación digital. Dicha recomendación dio impulso al acceso general sobre el patrimonio cultural digital, fomentó la creación de nuevos empleos y dio fuerza a iniciativas como la plataforma europea de patrimonio cultural digital, Europeana, nacida en 2008 y en la que colaboran, en la actualidad, más de cuatro mil instituciones culturales.

Dentro de este marco, el patrimonio digital también participa del nuevo cambio de paradigma en el patrimonio cultural ligado al proceso de conectividad de ámbito global.

Este viraje se manifiesta mediante el apoyo a las iniciativas locales y su internacionalización mediante el fomento de redes de conocimiento, la participación ciudadana, el impulso del I+D+I en el sector cultural, la apuesta por la sostenibilidad, la educación en valores, el apoyo a la diversidad del patrimonio y la democratización de éste.

Así, por ejemplo, las iniciativas dentro del movimiento Open Access o Wikimedia demuestran cómo compartir datos en acceso abierto no reflejan una pérdida de privacidad o de calidad en ellos, sino que generan un proceso escalable y potenciador de nuevas ideas.

De igual modo, en el caso del patrimonio cultural, el movimiento OpenGLAM impulsó la creación de Heritage – Wiki Loves Monuments, una base de datos a nivel mundial sobre el patrimonio construido incluyendo las fichas de los bienes con el mayor nivel de protección en España, los Bienes de Interés Cultural (BIC).

Por otro lado, a nivel europeo, destaca la plataforma Europeana, que mediante su red de agregadores como Hispana, así como su red profesional, muestra las oportunidades de futuro del sector a partir del patrimonio cultural digital.

A nivel nacional es destacable el uso de la realidad aumentada en la APP para IOS y Android titulada “Castillo de San Vicente de la Sonsierra”, Premio Hispania Nostra a las buenas prácticas en la conservación del Patrimonio Cultural y Natural 2020, en la categoría de Señalización y difusión.

De igual modo, dentro del ámbito educativo, la experiencia del Museo Nacional Thyssen-Bornemisza en el videojuego Animal Crossing: New Horizons donde permite a los usuarios construir experiencias digitales desde el arte.

A la vista está, que muchas son las oportunidades que podemos obtener del patrimonio cultural digital. No ayudarse de los avances tecnológicos en este ámbito, nos dejaría atrás y sin posibilidades de poder ser competitivos. Por lo tanto un marco de actuación donde aprovechemos dichas ventajas, nos abrirá las puertas al futuro.

NOTA: artículo ofrecido por ESACH Madrid.

Imagen: Augmented Reality App gemaakt op het werk van Govert Flinck ‘Isaäk zegent Jacob‘, Beeldbank van de Rijksdienst voor het Cultureel Erfgoed, CC BY-SA

 

Bibliografía/Webgrafía

–          Cameron, F. and S. Kenderdine, eds. (2007): Theorizing Digital Cultural Heritage: A Critical Discourse. Cambridge, MA: Massachusetts Institute of Technology Press.

–          Comisión Europea (2011): Recomendación de la Comisión de 27 de Octubre de 2011 sobre la digitalización y accesibilidad en línea del material cultural y la conservación digital. Disponible en “https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:32011H0711&from=ES” [Consulta: 27 de enero 2021].

–          UNESCO (2003a): Carta sobre la preservación del patrimonio digital [en línea]. Disponible en “http://portal.unesco.org/es/ev.php-URL_ID=17721&URL_DO=DO_TOPIC&URL_SECTION=201.html ” [Consulta: 27 enero 2021].

–          UNESCO (2003b): Directrices para la preservación del patrimonio digital [en línea]. Disponible en “https://unesdoc.unesco.org/ark:/48223/pf0000130071_spa” [Consulta: 27 enero 2021].